Prestaciones de carácter personalísimo son aquellas contrataciones en las que el criterio determinante de selección responde a las condiciones especiales de la persona contratada, dados sus conocimientos y experiencia cualificada en la prestación de servicios científicos, técnicos, artísticos o profesionales, además de que la relación de confianza entre esta y la institución contratante y el manejo de información confidencial o sensible vinculada al objeto de la contratación, puedan ser consideradas indispensables para la satisfacción del contrato.