Asignación de Secuencia de NCF / e-NCF



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De acuerdo con la Norma General 06-18 sobre Comprobantes Fiscales, la asignación de secuencia de NCF se realiza atendiendo a los siguientes factores:

Pasos para solicitar NCF / e-NCF por la OFV: 

  1. Ingrese con su usuario y clave a su Oficina Virtual.  
  2. En el menú Solicitudes, seleccione la opción Comprobantes Fiscales.
  3. Complete el formulario que le aparecerá en la pantalla y presione el botón Agregar.
  4. Presione el botón Enviar Solicitud.
  5. Visualizará en pantalla un mensaje indicándole que su solicitud está siendo validada y el número de la misma para fines de seguimiento.
Tiempo de Respuesta: 24 horas

Pulse aquí para INGRESAR A LA OFV 


Pasos para solicitar NCF vía presencial:

Depositando en el Centro de Asistencia Presencial de la sede central o en el área de Información de la Administración Local correspondiente, los siguientes documentos:

  1. Formulario de Solicitud de Asignación Números de Comprobantes Fiscales FI-GDF-015, llenado y firmado (en el caso de Personas Jurídicas debe estar firmado y sellado).
  2. Poder de autorización (en caso de Personas Físicas) o Carta de autorización timbrada, firmada y sellada (en caso de Personas Jurídicas) [aplica en caso de que sea un apoderado o representante que realice la solicitud].
  3. Copia de la Cédula de Identidad y Electoral de ambos lados del apoderado o representante (aplica en caso de ser un representante o apoderado que realice la solicitud).
Tiempo de Respuesta: 10 días laborables

Pulse aquí para obtener​ Formulario (FI-GDF-015)


​​Consulta las Imprentas Autorizadas

El contribuyente podrá solicitar nuevas secuencias de comprobantes, siempre y cuando haya reportado previamente los NCF/ e-NCF del mismo tipo que está solicitando, en los formatos de envío de información dispuestos por Impuestos Internos en la normativa vigente. El contribuyente no necesita esperar que se le agote la totalidad de la secuencia de los números de comprobantes para solicitar nuevas.

A los fines de sustentar los ingresos y gastos, las secuencias de NCF / e-NCF se podrán utilizar dentro de un período de hasta dos (2) años calendarios, es decir, hasta el 31 de diciembre del siguiente año al que fue autorizado. Este requisito no aplica para las Facturas de Consumo, Notas de Crédito y el Comprobante de Registro Único de Ingreso.