Autorización para emitir NCF (Alta)

​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​Autorización de emisión de comprobantes fiscales para nuevos contribuyentes​

El proceso de autorización de emisión de comprobantes fiscales para nuevos contribuyentes o proceso de Altas de NCF, consiste en comprobar la veracidad de los datos de registro del contribuyente, tales como domicilio fiscal, actividad económica, etc., y a su vez comprobar si éste realiza operaciones comerciales.

Para obtener los NCF es necesario solicitar una autorización, la cual se adquiere por las siguientes vías: 

Por Oficina Virtual (OFV) siguiendo estos pasos:

  1. ​​Ingrese con su usuario y clave a la Oficina Virtual DGII.
  2. En el menú Solicitudes, seleccione la opción Solicitar Trámites.
  3. En Seleccionar Tipo de Solicitud, escoja la opción Solicitar Alta de Números de Comprobantes Fiscales y pulse el botón Solicitar.
  4. Complete el formulario que le aparecerá en pantalla y presione el botón Enviar. Deberá adjuntar documentos que avalen la Actividad Económica: 
    • ​​​Facturas de Compras/Gastos con Valor Fiscal​
    • Contrato de Servicio, Cotización
    • Contrato de Alquiler
    • Matrícula de Vehículo
    • Título de Inmueble
    • Carnet de Colegiatura en caso de Profesionales Liberales u otros documentos, según aplique.​
  5. Visualizará en pantalla el número de solicitud para fines de seguimiento, pulse el botón OK.

Pulse aquí para INGRESAR A LA OFV 


De manera presencial

Depositando en el Centro de Asistencia Presencial​ de la sede central o en el área de información de la Administración Local correspondiente, los siguientes documentos:

  1. Formulario de Solicitud de Autorización para Emitir Números de Comprobantes Fiscales FI-GCF-009  ​llenado y firmado [en caso de Personas Jurídicas debe estar firmado y sellado].
  2. Copia de la Cédula de Identidad y Electoral, de ambos lados, del solicitante (aplica en caso de Personas Físicas).
  3. ​Documentos que permitan validar la actividad económica tales como: facturas de compras/gastos con valor fiscal, contratos de servicios, cotizaciones, contrato de alquiler, matrículas de vehículos, carnet de colegiatura en caso de profesionales liberales, u otros según aplique.​

Pulse aquí para obtener formulario (FI-GDF-009)

Tiempo de respuesta: 5 días laborables. 


Para realizar la solicitud el contribuyente debe cumplir con lo siguiente:​
  • Tener acceso a la Oficina Virtual. En caso no poseerlo deberá solicitar la clave de acceso al momento de registrar la solicitud.

  • ​La respuesta a la solicitud de Autorización para Emitir Números de Comprobantes Fiscales, serán remitida al Buzón de Mensajes de la OFV, en un tiempo aproximado de 5 días.​

  • Los contribuyentes cuya actividad económica sea la fabricación de productos de alcoholes y tabaco, deben tener la licencia que les autorice a dicho proceso al momento de solicitar el alta de los NCF.

  • Los datos básicos del RNC (domicilio fiscal, actividad económica) proporcionados en el formulario de​ solicitud deben coincidir con los registrados en nuestra base de datos. En caso de que no coincidan, debe solicitar la modificación de su registro.

  • No debe existir incumplimiento de deberes formales u obligaciones tributarias de los responsables solidarios, conforme a lo dispuesto en el Código Tributario.

  • Este procedimiento también debe ser agotado por los contribuyentes que han estado en cese temporal.


Importante: Para utilizar Facturas de Consumo y Notas de Crédito, no es necesario solicitar una autorización previa. El contribuyente puede solicitar directamente la asignación de secuencias e impuestos internos autorizará atendiendo a la actividad económica. ​Los contribuyentes interesados en facturar electrónicamente deberán previamente obtener el Alta de comprobantes.   ​