Autorización de emisión de comprobantes fiscales para nuevos contribuyentes
El proceso de autorización de emisión de comprobantes fiscales para nuevos contribuyentes o proceso de Altas de NCF, consiste en comprobar la veracidad de los datos de registro del contribuyente, tales como domicilio fiscal, actividad económica, etc., y a su vez comprobar si éste realiza operaciones comerciales.
Para obtener los NCF es necesario solicitar una autorización, la cual se adquiere por las siguientes vías:
Por Oficina Virtual (OFV) siguiendo estos pasos:
- Ingrese con su usuario y clave a la Oficina Virtual DGII.
- En el menú Solicitudes, seleccione la opción Solicitar Trámites.
- En Seleccionar Tipo de Solicitud, escoja la opción Solicitar Alta de Números de Comprobantes Fiscales y pulse el botón Solicitar.
- Complete el formulario que le aparecerá en pantalla y presione el botón Enviar. Deberá adjuntar documentos que avalen la Actividad Económica:
- Facturas de Compras/Gastos con Valor Fiscal
- Contrato de Servicio, Cotización
- Contrato de Alquiler
- Matrícula de Vehículo
- Título de Inmueble
- Carnet de Colegiatura en caso de Profesionales Liberales u otros documentos, según aplique.
- Visualizará en pantalla el número de solicitud para fines de seguimiento, pulse el botón OK.
Pulse aquí para INGRESAR A LA OFV
De manera presencial
Depositando en el Centro de Asistencia Presencial de la sede central o en el área de información de la Administración Local correspondiente, los siguientes documentos:
- Formulario de Solicitud de Autorización para Emitir Números de Comprobantes Fiscales FI-GCF-009 llenado y firmado [en caso de Personas Jurídicas debe estar firmado y sellado].
- Copia de la Cédula de Identidad y Electoral, de ambos lados, del solicitante (aplica en caso de Personas Físicas).
Documentos que permitan validar la actividad económica tales como: facturas de compras/gastos con valor fiscal, contratos de servicios, cotizaciones, contrato de alquiler, matrículas de vehículos, carnet de colegiatura en caso de profesionales liberales, u otros según aplique.
Pulse aquí para obtener formulario (FI-GDF-009)
Tiempo de respuesta: 5 días laborables.
Para realizar la solicitud el contribuyente debe cumplir con lo siguiente:
Tener acceso a la Oficina Virtual. En caso no poseerlo deberá solicitar la clave de acceso al momento de registrar la solicitud.
La respuesta a la solicitud de Autorización para Emitir Números de Comprobantes Fiscales, serán remitida al Buzón de Mensajes de la OFV, en un tiempo aproximado de 5 días.
Los contribuyentes cuya actividad económica sea la fabricación de productos de alcoholes y tabaco, deben tener la licencia que les autorice a dicho proceso al momento de solicitar el alta de los NCF.
Los datos básicos del RNC (domicilio fiscal, actividad económica) proporcionados en el formulario de solicitud deben coincidir con los registrados en nuestra base de datos. En caso de que no coincidan, debe solicitar la modificación de su registro.
No debe existir incumplimiento de deberes formales u obligaciones tributarias de los responsables solidarios, conforme a lo dispuesto en el Código Tributario.
Este procedimiento también debe ser agotado por los contribuyentes que han estado en cese temporal.
Importante: Para utilizar Facturas de Consumo y Notas de Crédito, no es necesario solicitar una autorización previa. El contribuyente puede solicitar directamente la asignación de secuencias e impuestos internos autorizará atendiendo a la actividad económica. Los contribuyentes interesados en facturar electrónicamente deberán previamente obtener el Alta de comprobantes.