Preguntas Frecuentes

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1. ​¿Qué es FATCA?

El FATCA es la Ley sobre el Cumplimiento Fiscal de Cuentas en el Extranjero (Ley FATCA, por sus siglas en inglés), aprobada por el Congreso de los Estados Unidos el 18 de marzo del 2010 y vigente desde el año 2013.

Con la promulgación de esta ley, los Estados Unidos busca es el control de la evasión fiscal mediante la identificación e intercambio de información automática de sus ciudadanos y residentes que tengan inversiones o fondos depositado en instituciones financieras extranjeras.

2. Firma del Acuerdo IGA 1ª

El 15 de septiembre del 2016, los Gobiernos de los Estados Unidos de América y de la República Dominicana firmaron un acuerdo intergubernamental (“IGA" por sus siglas en inglés) titulado “Acuerdo entre el Gobierno de los Estados Unidos y el Gobierno de la República Dominicana para Mejorar el Cumplimiento Tributario Internacional e Implementar FATCA".

En este modelo las Instituciones Financieras (IF) reportan las informaciones requeridas a la Administración Tributaria, que a su vez reportará al IRS. El modelo 1A también incluye la reciprocidad del intercambio de información de residentes en países incluidos en el IGA con cuentas en bancos estadounidenses.

3. ¿Qué es el intercambio automático de información?

Es la transmisión automática de información fiscal y bancaria entre las jurisdicciones firmantes de personas físicas y jurídicas residentes en un país extranjero donde poseen fondos o inversiones.

4. Autoridad competente para la aplicación FATCA

El Ministerio de Hacienda, en ejercicio de las atribuciones que le confiere la Ley No. 494-06 de Organización del Ministerio de Hacienda, y con motivo de la implementación de los compromisos asumidos por la firma de Convenios Tributarios Internacionales, emitió la Resolución No. 137-2014, donde delega en el Director General de Impuestos Internos, las facultades que el Ministro de Hacienda tiene atribuida como Autoridad Competente en materia de aplicación del Acuerdo FATCA-IGA.

5. Implicaciones de FATCA para RD

Las entidades que operan en la República Dominicana que tienen obligación en el marco del acuerdo IGA deben identificar entre sus clientes a los ciudadanos y residentes norteamericanos que poseen cuentas y valores y remitir el desglose de dicha información a la Dirección General de Impuestos Internos que a su vez la remitirá al IRS. El intercambio de información de manera automática es de periodicidad anual.

En caso de que no se remitan las informaciones al IRS se consideraría a las entidades obligadas como no cooperantes y estarían sujetas a una retención de 30% sobre todas las transferencias que reciban desde Estados Unidos, ya sean directas o indirectas y sobre las cuentas de los nacionales extranjeros.​

6. ¿Cuáles son las informaciones que deben intercambiar las Instituciones Financieras sujetas a reportar?

Las Instituciones Financieras sujetas a reportar deberán obtener las informaciones específicas indicadas en el Artículo 2 del Acuerdo, en donde se establecen las obligaciones de las partes para obtener e intercambiar información con respecto a cuentas sujetas a reportar.  ​

7. Tiempo y forma del intercambio de información

La información debe ser intercambiada dentro de los 9 meses posteriores al cierre del año calendario al que corresponde la información.

8. ¿A cuál penalidad podrían estar sujetas las Instituciones Financieras por el envío de reporte atrasado, información mal estructurada o incompleta?

Ver Artículo 5 del Acuerdo.

9. ¿Qué ingresos se incluyen para fines de reporte?

Los clientes que califican para fines de reporte FATCA son los US person cuyo balance al final del periodo o el balance promedio de la cuenta sea igual o mayor a US$50,000.00 para personas físicas o US$250,000.00 personas jurídicas. 

10. ¿Cuál organismo verifica que el reporte este completo y exacto?

El Internal Revenue Service (IRS) que es la Administración Tributaria de los Estados Unidos.

11. ¿El TIN Number es el mismo número de Social Security?

No, El TIN Number es un número de identificación fiscal asignado por el IRS a sus contribuyentes y el social security es el número de Seguro Social emitido por el SSA.

Si durante la debida diligencia no se obtiene el TIN Number, para fines de reporte se pueden utilizar cualquiera de los dos en el campo TIN Number.

12. ¿De quién es la responsabilidad de la aplicación de la Ley FATCA dentro de las Instituciones Financieras?

Esta decisión dependerá de cada entidad financiera. En la práctica, su aplicación se lleva a cabo en las áreas de cumplimiento.

13. ¿El acuerdo FATCA aplica Para Organizaciones Sin Fines De Lucro?

No aplica para organizaciones sin fines de lucro, según lo estipulado en el Anexo II del Acuerdo.

La legislación FATCA impone ciertas condiciones que deben cumplirse para que una entidad u organización califique como organización sin fines de lucro. Las condiciones tienen como objetivo asegurar que la entidad u organización esté constituida fuera de los Estados Unidos de América y que tenga un motivo caritativo genuino y que no sea un vehículo para facilitar la evasión fiscal.

14. ¿Qué sucede si la entidad financiera en su debida diligencia no localiza el cliente?; ¿Cuál será el proceder?

Se consideraría como un cliente recalcitrante, que son clientes que no proporcionan la información necesaria, que no dan permiso para reportar su cuenta o se niegan a firmar alguno de los formularios.

15. ¿Se debe especificar que la cuenta o certificado fue cerrado? ¿Como se haría?

Si, en el reporte la opción manual hay un campo habilitado para seleccionar si la cuenta a reportar está cerrada, de igual forma, en el formato XML se indica con los valores que indica la Guía XML.

16. ¿Se considera para fines de reporte un cliente US person que realice o reciba transferencias de forma recurrente?

Esto es un indicio para considerar a un cliente como US Person, que emita ordenes de transferencias periódicas a una cuenta estadounidense, ver anexo I del Acuerdo.

17. La información sobre el TIN NUMBER se obtiene en los formularios W9, W8 BEN-E y otros, ¿Qué tiempo de vigencia tienen estos formularios?

El TIN Number se obtiene a través del formulario W-9: Solicitud de Número de Identificación del Contribuyente y Certificación, así mismo en el Formulario W-8BEN-E se les solicita el TIN.

La vigencia de estos formularios normalmente corresponde a 3 años, sin embargo, si no se presenta ninguna variación de las informaciones del cliente, no tiene un vencimiento como tal.

18. ¿Aplican para el reporte las notas de créditos por desembolso de préstamos?

El desembolso de un préstamo puede ser colocado como un crédito en una cuenta del cliente, este monto desembolsado debe ser considerado en el valor de la cuenta a reportar.

19. ¿El TIN Number solo aplica para persona jurídicas?

El TIN Number es un número de Identificación Personal del Contribuyente, aplica para persona física y jurídica.

20. ¿Se pudieran considerar a los Fideicomisos como una institución financiera sujeta al cumplimiento del Acuerdo FATCA?; ¿Por qué?

Las Fiduciarias entran dentro de la categoría de Entidad de Inversión, la cual conforme el Acuerdo se consideran como instituciones financieras, ya que las mismas a través de los fideicomisos realizan todas las actividades incluidas en los numerales del 1-3 del literal j del artículo 1 de dicho Acuerdo.

21. ¿Cuáles son o serían los fideicomisos conforme a la Ley 189-11 que están sujetos al reporte FATCA?

Todos los fideicomisos implican el manejo de fondos de terceros por parte de las fiduciarias.

22. ¿Los Fideicomitentes que realizan aportes monetarios a los Fideicomisos deben ser reportados?

En todo tipo de Fideicomisos se reciben aportes monetarios, por lo que el Fideicomitente siempre y cuando califique ante las características del acuerdo debe ser reportado.

​23. ¿Quién reportara al Fideicomitente?, ¿La fiduciaria o donde se custodia el aporte que realiza al Fideicomiso?

Si se trata de una inversión del fideicomitente, la Fiduciaria debe realizar el reporte.

24. Aclaraciones o consultas

Favor remitir sus consultas y/o aclaraciones al correo electrónico: asistenciafatcadgii@dgii.gov.do.

25. Teléfono Asistencia FATCA

809-689-2181 Ext. 7499, 2348​