Mipymes y mujeres en las compras públicas

Publicado: 21/07/2022
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Por: Gladys Johaly Cabrera Ogando
Lic. en Derecho (UTESA). Magíster en Derecho Económico y Financiero (UASD)
Especialista en Derecho de los Contratos. 
Mas de 15 años experiencia en Derecho Corporativo y Societario
Enc. Departamento Legal de Compras y Contrataciones de la DGII


En la República Dominicana las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (Mipymes) tienen una influencia determinante sobre la evolución económica, contribuyendo significativamente a la generación de empleos, de ingresos, erradicación de la pobreza, a la vez de dinamizar la actividad productiva nacional, colaborando de esta forma al desarrollo económico y social de nuestro país. 

​En ese sentido, la República Dominicana ha desarrollado un Sistema Nacional de Compras y Contrataciones Públicas (SNCCP) que se ha convertido en un modelo y referente para toda la región, siendo reconocido en numerosos espacios internacionales y replicado en numerosos países.

Con relación a las facilidades que les brinda a las Mipymes  el sistema dominicano cuenta con la Ley No. 488-08, que establece un régimen regulatorio para el desarrollo y competitividad de las Mipymes, en la cual se establece en su artículo 25 que las instituciones estatales, al momento de realizar las compras de bienes y servicios, deben de reservar el 15% ​de las mismas a las Mipymes, y en el artículo 26 indica que si estas son lideradas por mujeres (con más del 50% en participación accionaria o capital social), se debe de reservar el 20%.

Además de la producción normativa referida, vale la pena destacar que la Dirección General de Contrataciones Públicas (DGCP) ha desarrollado numerosas capacitaciones y asistencias técnicas a las Mipymes sobre el uso del portal transaccional y otros temas complementarios, que ha permitido que MiPymes y mujeres puedan familiarizarse con el proceso y desarrollar sus competencias de cara a las compras públicas. Por otro lado, la DGCP logró que se redujeran las garantías de fiel cumplimiento de contratos de un 4% a un 1.0% del monto total y  se establece el derecho de las Mipymes de participar a través de consorcios y/o asociaciones y en los procesos de Mipymes se permite el fraccionamiento para lograr que existan mayores oportunidades de calificación.

Se han anudado esfuerzos para que cada vez sean más las Mipymes adjudicadas en los procesos de compras de bienes y servicios estatales, cumpliendo con los principios que garantiza facilidades y mayores accesos.
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