La Dirección General de Impuestos Internos avisa a los contribuyentes y a toda la ciudadanía que disponen desde hoy la apertura de un foro público para la discusión del borrador de la “Norma General que dispone la lista de bienes que podrá acogerse a la depreciación acelerada", la cual tiene por objeto disponer el listado de bienes que podrán acogerse al régimen de depreciación acelerada previsto en el artículo 287 del Código Tributario y sus modificaciones.
La discusión estará abierta desde el martes (14) de julio hasta el martes quince (15) de septiembre de 2026, en cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley núm. 167-21 de Mejora Regulatoria y Simplificación de Trámites y en el artículo 45 bis introducido por la Ley núm. 14-25 que modifica varios artículos de la citada Ley núm. 167-21, así como en el artículo 33 del Decreto núm. 486-22 que establece el Reglamento de Aplicación de la Ley núm. 167-21, y el artículo 31 de la Ley núm. 107-13 sobre los derechos de las personas en sus relaciones con la administración y de procedimiento administrativo.
VER AQUí BORRADOR DE LA NORMA GENERAL
En estos momentos nos encontramos presentando inconvenientes técnicos en el Foro de Contribuyentes correspondiente a este borrador de Norma General. Actualmente, estamos trabajando en su solución, por lo que, hasta tanto sea habilitado nuevamente dicho foro, los comentarios pueden ser remitidos a la siguiente dirección:
DepartamentoNormativaTributaria@dgii.gov.do