Es Obligación del contribuyente informar a Impuestos Internos sobre cualquier actualización que realice a los datos contenidos en su registro, dentro de los primeros diez (10) días de haber realizado dicho cambio, según lo dispuesto en el artículo 50, literal e) del Código Tributario.
A continuación, se encuentra el enlace para consultar todos los requisitos necesarios para solicitar la actualización de un RNC:
TrÁmites de incorporación y Actualización del RNC