Términos de Uso:
TÉRMINOS DE USO DE LA OFICINA VIRTUAL (OFV) DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE IMPUESTOS INTERNOS (DGII) Los presentes Términos de Uso (en adelante, los “Términos de Uso”) regulan el uso de los servicios de la Oficina Virtual (OFV) portal de Internet www.dgii.gov.do/e-dgii/ (en adelante, la “LA OFV”) que la Dirección General de Impuestos Internos (DGII) (en adelante, “LA DGII”), pone a disposición de EL CONTRIBUYENTE. La utilización de LA OFV atribuye la condición de CONTRIBUYENTE de LA OFV (en adelante, “EL CONTRIBUYENTE”) e implica la aceptación plena y sin reservas de todas y cada una de las disposiciones incluidas en los Términos de Uso en la versión publicada por LA DGII como anexo a la Norma General 03-2011 Sobre Uso de Medios Telemáticos de La DGII. DISPOSICIONES GENERALES LA DGII podrá otorgar a EL CONTRIBUYENTE, por vía de un REPRESENTANTE LEGAL la posibilidad de acceder a determinados servicios a través de LA OFV por medio del uso del Internet, permitiéndole realizar ciertas transacciones electrónicas frente a la administración.
EL REPRESENTATE LEGAL es una persona autorizada para acceder a las informaciones y transacciones disponibles para su cuenta en LA OFV. Para ello, éste deberá depositar el poder o mandato que lo autoriza a realizar transacciones a nombre y disposición de EL CONTRIBUYENTE declarando y reconociendo, bajo la fe del juramento, que tiene plenos poderes para actuar en nombre de EL CONTRIBUYENTE y asumir, en su nombre, las obligaciones y compromisos descritos en los presentes Términos de Uso.
Por tratarse de transacciones que serán efectuadas por vía electrónica, las partes están conscientes de que las informaciones que se generen con motivo de las referidas transacciones, tales como: generación de autorizaciones de pagos, presentación de declaraciones, envío de datos, consultas, impresión de reportes, se tendrán como válidas y servirán como medio de prueba de las condiciones, contenido y existencia de tales transacciones.
1. Objeto Estos Términos de Uso tienen por objeto complementar los derechos y obligaciones de LA DGII y de EL CONTRIBUYENTE establecidos en la Norma General 03-2011 en relación con la utilización de los servicios y del intercambio de documentos y mensajes de datos prestados a través de LA OFV que LA DGII propone por medio del Internet, así como cualquier otro nuevo canal de comunicación electrónica que LA DGII ofrezca en el futuro a EL CONTRIBUYENTE, para que éste pueda acceder, a través del o los USUARIOS autorizados por éste, a sus datos y a realizar las transacciones disponibles por vía electrónica. 2. Acceso a la OFV y Servicios Disponibles o Permitidos El uso de LA OFV será determinado por LA DGII conforme a lo establecido en el Artículo 1 de la Norma General 03-2011, y en virtud de lo establecido en el Artículo 50 del Código Tributario (Ley 11-92). LA DGII otorgará accesos para el uso obligatorio, basada en criterios sobre acceso al Internet, uso de herramientas tecnológicas, tamaño y tipo del contribuyente, régimen impositivo, cantidad de operaciones y actividad económica. Los servicios de LA OFV permitidos a EL CONTRIBUYENTE dependerán de la actividad comercial, industrial o servicios que éste ofrezca y el tipo de contribuyente. Entre las operaciones que se brindan a través de LA OFV están: Declaraciones de Impuestos, Consultas de Declaraciones, Consultas de Pagos, Consultas de Cuenta Corriente, Solicitudes de Comprobantes, Solicitudes de Reembolsos, Solicitudes de Claves, Inscripción al RNC, Envío de Datos, Solicitud de Primera Placa, Endosos, Placas de Exhibición, generación de certificaciones, entre otras; sin que esta enumeración sea limitativa a los servicios ofrecidos por LA OFV. 3. Duración Los presentes Términos de Uso se pactan por tiempo indefinido y entrarán en vigor una vez publicada la Norma General 03-2011 Sobre Uso de Medios Telemáticos de La DGII. LA DGII podrá, a su sólo criterio si así lo estima pertinente, modificar lo estipulado en los presentes Términos de Uso sin que esto implique la pérdida de vigencia de lo estipulado. De realizarse cambios a los presentes Términos de Uso, la única obligación de la DGII será de publicarlos de esta misma forma. 4. Medios de Prueba Para todas las transacciones que EL CONTRIBUYENTE realice por vía electrónica, LA DGII queda expresamente autorizada para considerarlas de acuerdo a las disposiciones legales que rigen dicha transacción sin importar el medio. Párrafo I: Las transacciones, solicitudes, recepción de documentos y mensajes ejecutados a través de la vía electrónica serán definitivas, no pudiendo EL CONTRIBUYENTE alegar desconocimiento de las mismas, ni intentar posteriormente reclamación alguna sobre ellas. Párrafo II: Todos los datos de los mensajes y documentos digitales y transacciones recibidas podrán ser grabadas y archivadas electrónicamente. LA DGII y EL CONTRIBUYENTE acuerdan que esos elementos constituyen la prueba válida y suficiente de la transmisión de esos mensajes y de esas transacciones, así como de su contenido, tanto entre las partes como frente a terceros, autoridades y tribunales, pudiendo ser impresos en papel en los cuales constará los mecanismos de autenticación indicados en la Norma 03-2011 para constatar su validez. 5. Prueba de Identidad EL CONTRIBUYENTE reconoce que a los fines de acceder el servicio de LA OFV, la identidad de EL CONTRIBUYENTE es establecida mediante un proceso de autentificación por vía electrónica. Esto implica que todo aquel que introduzca la identificación electrónica correcta tendrá acceso al servicio de LA OFV. Estos medios de identificación y de autentificación incluyen de manera obligatoria el uso de: El Nombre de Usuario; La Código o Clave Secreta (Contraseña/Password); y El Token o Tarjeta de Códigos.
Párrafo I: La entrega de los medios alternos de autenticación definidos en la Norma General 03-2011, tales como: Tokens, Tarjetas de Códigos, Códigos o Claves Secretas entre otros mecanismos de autenticación de ingreso, serán entregados a EL CONTRIBUYENTE en cada caso mediante un documento con instrucciones que debe ser firmado como constancia de recibo de los mismos. Párrafo II: EL CONTRIBUYENTE puede registrar hasta dos (02) correos electrónicos para informar el envío de las notificaciones en su Buzón de LA OFV. EL CONTRIBUYENTE podrá recibir un correo electrónico con las novedades en su Buzón tanto de las notificaciones como los mensajes. Párrafo III: LA DGII determinará la cantidad de Tokens u otros dispositivos que serán habilitados a cada contribuyente para las consultas y operaciones acordadas. Párrafo IV: EL CONTRIBUYENTE deberá mantener en secreto el Nombre de Usuario, el Código o Clave Secreta (Contraseña/Password) y será responsable de la custodia del Token y/o Tarjeta de Códigos entregado. Párrafo V: Se recomiendan las siguientes medidas para garantizar la identidad del usuario de LA OFV: El código o clave secreta deberá de disponer de letras y números; La cantidad mínima de caracteres deberá ser ocho (8); No grabar en su computadora o en cualquier otro medio material su nombre del usuario y/o contraseña; Sin perjuicio del concepto de Representante Legal, solamente el personal autorizado deberá conocer o utilizar los medios de identidad; El usuario deberá evitar usar nombres, números, fechas, entre otros datos, relacionados a él, como parte de la Contraseña; Mantener siempre la custodia segura del Token y/o Tarjeta de Códigos. EL CONTRIBUYENTE deberá llevar su propio control sobre quienes tienen o están usando los medios de autenticación.
Párrafo VI: EL CONTRIBUYENTE deberá contactar inmediatamente a LA DGII si considera que sus mecanismos de autenticación de ingreso han sido robados, o si se han extraviado, o si EL CONTRIBUYENTE piensa que una persona no autorizada ha tenido acceso a los mismos. EL CONTRIBUYENTE reconoce que en caso de pérdida, robo o uso no autorizado de sus medios de identificación y de autentificación todas las transacciones electrónicas realizadas con su nombre de usuario son irrefutablemente de su autoría. 6. Obligaciones y Responsabilidades de LA DGII LA DGII acuerda hacer esfuerzos razonables para asegurar el correcto funcionamiento de sus servicios electrónicos. LA DGII y sus demás Oficinas (Administraciones Locales y Oficinas Locales de Grandes Contribuyentes) ejecutarán las instrucciones de EL CONTRIBUYENTE en la forma requerida por éste, siempre que tales instrucciones sean ejecutables a juicio de LA DGII. Párrafo I: EL CONTRIBUYENTE reconoce que el sistema de servicios de LA DGII por vía electrónica, a través de LA OFV, permite exportar datos e informaciones a otros equipos. EL CONTRIBUYENTE no debe modificar ni permitir que otros modifiquen o manipulen dichas informaciones a otros equipos. EL CONTRIBUYENTE es el único responsable por las consecuencias de cualquier modificación y por el uso de informaciones modificadas o manipuladas frente a LA DGII. Párrafo II: Es responsabilidad de LA DGII garantizar que las transacciones ejecutadas a través de la OFV por EL CONTRIBUYENTE sean registradas o almacenadas fiel e íntegramente. Párrafo III: Los datos de carácter personal de los usuarios designados por EL CONTRIBUYENTE para acceder y realizar las declaraciones y los pagos de los tributos, a través de LA OFV, serán almacenados en una base de datos propiedad de LA DGII. La información contenida en la citada base de datos será usada para la correcta identificación de EL CONTRIBUYENTE que solicita los servicios que se ofrecen electrónicamente. Párrafo IV: LA DGII protegerá la confidencialidad de la información suministrada electrónicamente por EL CONTRIBUYENTE, a menos que deba ser divulgada en cumplimiento de una obligación legal o fundamentada en una orden de la autoridad administrativa o judicial competente. Párrafo V: El acceso o utilización de LA OFV podrá ser suspendido o limitado por LA DGII a causa de razones tributarias o tecnológicas justificadas, o bien por incumplimiento de EL CONTRIBUYENTE. Dicha decisión será recurrible de acuerdo con lo previsto en la legislación aplicable. 7. Obligaciones y Responsabilidades de EL CONTRIBUYENTE EL CONTRIBUYENTE está en la obligación de conocer las instrucciones y las recomendaciones de seguridad dictadas por LA DGII. EL CONTRIBUYENTE reconoce, que el nivel de fiabilidad y de seguridad de las mismas y normas de LA DGII es satisfactorio, y se compromete a respetar fielmente esas instrucciones y normas de seguridad. EL CONTRIBUYENTE es totalmente responsable de todo uso indebido que no pueda ser imputado a LA DGII de los mecanismos de autenticación de ingreso de la prestación del servicio. Párrafo I: EL CONTRIBUYENTE es totalmente responsable del uso indebido de los mecanismos de autenticación de ingreso realizados por sus mandatarios, colaboradores o cualquier otra persona que haya tenido acceso a la prestación del servicio de LA OFV. EL CONTRIBUYENTE será responsable de las violaciones a su obligación de discreción por parte de sus colaboradores, mandatarios y preposés y soportará los riesgos de infidelidad, a saber, el riesgo que los mandatarios, colaboradores y preposés hagan un uso abusivo o fraudulento frente a LA DGII. Párrafo II: EL CONTRIBUYENTE está en la obligación de utilizar el servicio de LA OFV de manera prudente y razonable. Para el buen funcionamiento del servicio EL CONTRIBUYENTE se compromete igualmente a controlar la exactitud de los datos y a informar inmediatamente a LA DGII en caso de que constate alguna divergencia. EL CONTRIBUYENTE es el único beneficiario de los servicios que LA DGII suministra por intermedio del servicio de LA OFV. Párrafo III: EL CONTRIBUYENTE es igualmente responsable de todas las consecuencias perjudiciales que puedan sobrevenir por un uso fraudulento o abusivo por parte del usuario que EL CONTRIBUYENTE designe. Párrafo IV: El CONTRIBUYENTE declara que libera de todo tipo de responsabilidad a LA DGII, si éste revela su usuario y/o código o clave secreta y/o entrega, presta, compromete o pierde el Token o Tarjeta de Códigos, a cualquier persona, relacionada o no con la institución. Párrafo V: EL CONTRIBUYENTE está obligado a tomar todas las medidas necesarias en procura de que terceros no calificados no puedan tomar conocimiento de los parámetros y de los procedimientos de identificación y autentificación. Párrafo VI: Los mecanismos de autenticación de ingreso son estrictamente personales de cada usuario. EL CONTRIBUYENTE está en la obligación de conservarlos en confidencialidad y a hacer todo lo posible para evitar que terceros puedan conocerlos o utilizarlos. EL CONTRIBUYENTE asegura el control de los mecanismos de autenticación de ingreso y es totalmente responsable de la utilización de esos mecanismos por sus mandatarios y preposés. En caso de pérdida, de robo o de utilización fraudulenta de los mecanismos de autenticación de ingreso, EL CONTRIBUYENTE debe inmediatamente advertir a LA DGII. Cuando LA DGII haya sido debidamente informada durante las horas normales de trabajo, LA DGII bloqueará el acceso al servicio de LA OFV. Hasta el momento en que LA DGII bloquee el servicio o tenga la posibilidad razonable de hacerlo, EL CONTRIBUYENTE es total e incondicionalmente responsable de todo uso de los mecanismos de autenticación de ingreso, así como de todas las consecuencias directas o indirectas que puedan derivarse. La notificación de uso fraudulento de los mecanismos de autenticación de ingreso debe ser dirigida, por escrito, con acuse de recibo a LA DGII a la dirección y teléfonos indicados en el Artículo 10 de estos Términos de Uso. Dicha situación no exime AL CONTRIBUYENTE de sus compromisos tributarios en las formas y plazos que establece el Código Tributario, Reglamentos de aplicación y Normas Generales. Párrafo VII: EL CONTRIBUYENTE mientras utiliza LA OFV, no intentará realizar ninguno de los actos ilícitos o tipos de violaciones tipificadas por las leyes en el país, para este caso la Ley No. 53-07 sobre Crímenes y Delitos de Alta Tecnología. 8. Hora Oficial (Zona Horaria) LA OFV tiene como zona horaria GMT -4; Hora del Atlántico u Hora Z, siendo ésta el parámetro oficial para el registro de las transacciones de EL CONTRIBUYENTE dentro de LA OFV. 9. Reclamación sobre Errores en Transacciones Si EL CONTRIBUYENTE considera que ha habido algún error en una transacción, es su obligación contactar a LA DGII lo antes posible. EL CONTRIBUYENTE puede escribir o llamar a las direcciones y números de teléfonos indicados en el Artículo diez (10) de estos Términos de Uso. Para poder tomar su reclamación o tramitar su solicitud, el representante de Servicios al Contribuyente de LA OFV necesitará saber, entre otras informaciones: i) nombre y número de Registro Nacional de Contribuyente (RNC): ii) monto del posible error: iii) tipo de transacción; iv) hora y fecha de la transacción; y v) motivo por el cual EL CONTRIBUYENTE piensa que existe un error. LA DGII investigará cada problema y tratará de resolverlo tan pronto como sea posible. 10. Información de Confidencialidad EL CONTRIBUYENTE declara que las informaciones que se generen o se tenga acceso con motivo de estos Términos de Uso están regidas por el Deber de Reserva y Publicidad que establece el Código Tributario en su Artículos 47 y 48. Párrafo: LA DGII hará esfuerzos razonables por mantener barreras de seguridad electrónica que impidan el acceso no autorizado por terceros a las informaciones que se generen con motivo de la ejecución de estos Términos de Uso. Sin embargo, EL CONTRIBUYENTE reconoce que el intercambio de información mediante acceso por Internet, por su naturaleza, puedan posibilitar que terceros logren acceder o conectarse sin autorización. En consecuencia, EL CONTRIBUYENTE libera a LA DGII de cualquier responsabilidad originada o derivada del acceso no autorizado de terceros a las bases de datos, transacciones y sistemas de EL CONTRIBUYENTE. 11. Prohibición de Divulgación Está prohibida la redistribución, a terceros, con fines comerciales o pecuniarios de las informaciones localizadas o disponibles dentro de LA OFV. 12. Servicios al Contribuyente Si EL CONTRIBUYENTE necesita asistencia de un representante de LA OFV en relación con estos Términos de Uso, o si necesita comunicarse con LA DGII, el número de teléfono del Centro de Contacto de la DGII (809) 689-2181 y la dirección de correo electrónico para estos fines es oficinavirtual@dgii.gov.do.
|