Procedimiento Abreviado de Fiscalización (PAF)

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El procedimiento abreviado de fiscalización (PAF) dispuesto en la Ley 51-23 consiste en una auditoría de escritorio realizada en un corto plazo que, una vez concluida, permite al contribuyente que se acoja realizar un pago especial del impuesto determinado por la administración de conformidad con las disposiciones establecidas en dicha Ley. 

¿Cómo acogerse? 

A través de Oficina Virtual, completando el formulario de solicitud del “Procedimiento Abreviado de Fiscalización”.
De forma Presencial, depositando comunicación solicitando acogerse en su Administración Local.

Plazos de respuesta

La DGII deberá responder la aceptación o rechazo de la solicitud depositada en un plazo no mayor de treinta (30) días calendarios luego de recibida la misma.

Forma y plazo de pago: 

Una vez notificada la resolución de determinación, el contribuyente dispondrá de treinta (30) días calendario para realizar el pago.​

Para más información: