Información General
La Norma General 04-2011 “Sobre Precios de Transferencia Que Establece Las Reglas Aplicables A Las Operaciones Efectuadas Entre Partes Relacionadas o Vinculadas” instituye las regulaciones y aclaraciones pertinentes las Empresas o Sociedades de Capital Extranjero, que realicen transacciones con o entre partes relacionadas.
Estas empresas deben registrar sus transacciones, considerando los precios y valores de contraprestaciones que hubieran sido utilizados con o entre partes independientes en operaciones comparables, Principio de Libre Competencia.
¿Quiénes presentan la Declaración Informativa de Operaciones con Relacionados?
Las personas jurídicas o sociedades locales de capital extranjero que realizan operaciones o transacciones con:
(i) sus partes relacionadas o vinculadas en el exterior;
(ii) personas físicas empresas o sociedades residentes o domiciliadas en jurisdicciones de menor imposición o en paraísos fiscales, y
(iii) sus partes relacionadas o vinculadas beneficiarias del Régimen de Zonas Francas.
Partes Relacionadas: Se entenderá que las partes son relacionadas cuando se cumplan alguno de los supuestos de vinculación definidos en el Artículo 1, Literal J de la Norma General 04-2011.
¿Cuándo se presenta?
A partir del ejercicio fiscal 2011, los contribuyentes declarantes del Impuesto Sobre la Renta (ISR) que realicen operaciones con empresas relacionadas o vinculadas deberán presentar anualmente a la Dirección General de Impuestos Internos, una “Declaración informativa de operaciones efectuadas con partes relacionadas o vinculadas” (DIOR), a más tardar sesenta (60) días después del vencimiento del plazo para la presentación de la Declaración Jurada del Impuesto Sobre la Renta.
La documentación e información que formará parte de la Declaración informativa de operaciones efectuadas con partes relacionadas, contendrá el detalle de cada transacción y la identificación de las partes relacionadas, con los siguientes datos:
a) Identificación del Contribuyente;
b) RNC de empresa relacionada domiciliada en el país en régimen de Zonas Francas; cuando corresponda;
c) RNC de la empresa extranjera registrada en República Dominicana;
d) Nombre o razón social de la empresa extranjera no domiciliada en República Dominicana, cuando corresponda;
e) País de domicilio de la empresa relacionada no domiciliada en República Dominicana (registrada o no);
f) Para cada empresa relacionada, la Declaración incluirá:
Las operaciones que generan ingresos, el valor en dólares de cada operación que genere ingresos (exportaciones de bienes, servicios, comisiones, honorarios, asistencia técnica y cualquier otro ingreso); y la fecha de los ingresos en dólares; la fecha de la operación y liquidación de aduanas en el caso de las exportaciones.
Las Operaciones de Costos y Gastos (importaciones de bienes productos terminados, de insumos o materias primas, intereses por financiamiento, servicios, asistencia técnica, importación de activos, otros egresos) indicando la cantidad de operaciones; valor en dólares de las mismas; la fecha del pago; los datos de la liquidación de aduanas cuando aplique; el detalle del financiamiento (pazo, garantía, etcétera); entre otros.
g) Detalle de informaciones necesarias para el establecimiento del método de valoración.
Adicionalmente, el Artículo 9 de la Norma General 04-2011 obliga a los contribuyentes a disponer del informe de Precios de Transferencias, que justifique el precio o valor utilizado para el registro de los ingresos o gastos compensados en la Declaración del Impuesto Sobre la Renta referente a las operaciones con partes relacionas.
Nota: En el primer año de aplicación de la Norma General No. 04-11 sobre Precios de Transferencia, la DGII podrá conceder un plazo para la presentación de la Declaración informativa de operaciones efectuadas con partes relacionadas o vinculadas de hasta treinta (30) días adicionales.
¿Dónde se presenta?
Vía Oficina Virtual de la DGII.